Posicionamiento del OCNF y organizaciones integrantes
POSICIONAMIENTO 25 DE NOVIEMBRE
En el marco del 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, las organizaciones de la sociedad civil hacemos un llamado urgente al Estado mexicano en sus tres niveles de gobierno para prevenir, atender, sancionar y erradicar de manera urgente la violencia contra las mujeres.
México ha logrado avances en la creación de leyes para proteger sus derechos humanos: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV-2007), la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos, que eleva a rango constitucional los derechos humanos que se derivan de los tratados internacionales suscritos por México, así como las recientes reformas al Código Penal Federal para tipificar y sancionar los delitos de feminicidio y de otras figuras jurídicas para garantizar a las mujeres el acceso a la justicia y combatir la impunidad.
A pesar de lo realizado, las mujeres mexicanas continúan sin contar con un mecanismo eficaz para vivir una vida libre de violencia:
· El feminicidio continúa siendo una lacerante realidad: en México son asesinadas 7.2 mujeres diariamente. De acuerdo con datos proporcionados por Procuradurías de Justicia Estatales al Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicido (OCNF), en el 2014 fueron brutalmente asesinadas 1,042 mujeres, en 13 estados del país. Tan sólo el 33% de estos asesinatos fueron investigados como feminicidios.
· Los datos de víctimas de violencia sexual siguen siendo escandalosos. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, registró 35,285 denuncias de violación sexual en todo el país, entre enero del 2014 y septiembre del 2015. El registro de los casos no representa la magnitud del problema, pues se estima que sólo el 10% de las agresiones sexuales se denuncia. En la mayoría de los casos, la falta de denuncia se debe:
1. Al estigma social que persiste en torno a las mujeres, adolescentes y niñas que sufren violencia sexual (en particular una violación).
2. Al miedo de las represalias del agresor.
3. La ausencia de redes de apoyo para las víctimas.
4. La desconfianza hacia los sistemas de procuración e impartición de justicia.
Cabe señalar, que las víctimas de violencia sexual siguen sin recibir una atención integral por parte del sector salud y de los Ministerios Públicos, como lo establecen la Norma Oficial Mexicana 046 y la Ley de Víctimas.
Parte de esta atención implica que las mujeres tengan acceso al aborto legal por violación, única causal permitida en todo el país. De acuerdo con información del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), del 2007 al 2012 sólo se han practicado 33 interrupciones en el país por esta causal.
· En cuanto a la trata de personas, se estima que en el país operan al menos 47 bandas; de acuerdo al Diagnóstico de la Comisión de Derechos Humanos el 82.9% de las víctimas son mujeres. El Departamento de Estado de Estados Unidos de América refirió en su informe 2015 que el gobierno mexicano “no cumple a cabalidad con los estándares mínimos para la eliminación de la trata… Los fondos del gobierno para servicios especializados y refugios para las víctimas permanecieron inadecuados”. Esta situación sigue manteniendo en condición de esclavitud a cientos de mujeres que están desaparecidas o incluso son víctimas de femincidio. Tlaxcala es un ejemplo claro de la operación de las redes de trata de mujeres y niñas, así como de gobiernos omisos en su responsabilidad de prevenir, proteger y atender a las víctimas y de sancionar a los tratantes.
Cifras del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, del Sistema Nacional de Seguridad Pública, indican que hay 7 mil 185 mujeres desaparecidas en el país; el 96 % de estas mujeres desaparecieron en los dos últimos sexenios. De éstas, el 44 % son mujeres menores de edad, y el 31 % de los casos se concentra en el Estado de México y Tamaulipas. Del total, el 52 % de las desapariciones corresponden al sexenio actual.
· En relación al mecanismo de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género, es importante mencionar, que si bien en el 2015 fue decretado en Morelos y el Estado de México, por sus altos índices de violencia sistemática, el proceso de implementación ha sido muy largo, lo que es contrario a la naturaleza de esta medida de protección de urgente aplicación para salvaguardad la integridad, la seguridad y la vida de las mujeres.
· Hemos encontrado en las acciones de implementación particularmente en el Estado de Morelos actos de simulación, un planteamiento equivocado de la Alerta a los 8 Municipios a quienes se les ha informado que no hay recursos y que sólo informen lo que hacen en favor de las mujeres y cuanto les cuesta, no hay capacitación al respecto, ni trabajo con la sociedad civil con expertis en el tema.
Es necesario que las autoridades de ambos estados, cumplan con las medidas establecidas en dichas declaratorias, en donde se requiere el acompañamiento de expertos y expertas en temas de seguridad, justicia y prevención. La autoridad debe dar cumplimiento efectivo a las medidas establecidas en la declaratoria, así como reconocer el problema de feminicidio y desapariciones del que están siendo objeto las mujeres.
· Otro tipo de violencia en la cual el Estado puede tener un mayor control para salvaguardar la vida de las mujeres, es la violencia familiar. De 2012 a 2013 se denunciaron104,470 hechos de violencia familiar, de los que sólo se emitieron 29,776 órdenes de protección, concentrándose la mayoría en 4 estados de la República (Veracruz, D.F., Campeche y Chiapas), mostrando que en lo privado tampoco existe una protección para ellas.
La ciudadanía no debe callar ante los miles de asesinatos, desapariciones y feminicidios que se cometen en el país producto de una cultura discriminatoria que produce relaciones de desigualdad, de opresión y violencia.
Por lo anterior exigimos al Estado Mexicano:
· Generar mecanismos efectivos y eficaces para la evaluación de los operadores de justicia, que permitan identificar los estereotipos discriminatorios en los que incurren, con el fin de generar acciones que contribuyan a corregir las actuaciones que impidan a las mujeres víctimas de feminicidio el acceso a la justicia, combatiendo así la impunidad.
· Homologar el tipo de feminicidio de manera objetiva con los elementos establecidos en el tipo penal federal, con circunstancias objetivas de accesible acreditación y que contemple un protocolo de actuación ministerial, policial y pericial del delito de feminicidio.
· Aprobación de una ley general para prevenir, atender y sancionar la desaparición forzada y desaparición de personas por particulares, desde una perspectiva de género y de derechos humanos.
· Iniciar de forma inmediata las acciones de búsqueda y emitir las alertas para la localización de mujeres y niñas, ante el primer aviso de la desaparición.
· Implementar acciones integrales y de eficacia probada en experiencias exitosas a nivel internacional, para la prevención y atención de la trata de mujeres, con perspectiva de protección, reparación y reintegración social de las personas sobrevivientes.
· Que las dependencias cuenten con información sistematizada y desagregada sobre la atención que se brinda a las víctimas de violencia sexual, con el propósito de conocer si ésta cumple con los criterios establecidos en la Norma-046.
Por la vida y la libertad, por la seguridad y los derechos de todas las mujeres, las organizaciones que integran el “Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio” exigimos resultados inmediatos que impacten positivamente la vida de las mujeres.
Baja California: Mujeres Unidas: Olympia de Gouges; Campeche: Observatorio de Violencia Social y de Género ;Chiapas: Grupo de Mujeres de San Cristóbal de las Casas AC-COLEM; Chihuahua: Centro de Derechos Humanos de las Mujeres; Mujeres por México en Chihuahua; Nuestras Hijas de Regreso a Casa; Justicia para Nuestras Hijas; Red Mesa de Mujeres de Juárez; Colima: Comité de Derechos Humanos de Colima No Gubernamental; Distrito Federal: Academia Mexicana de Derechos Humanos; Católicas por el Derecho a Decidir; Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos; Red Mujer Siglo XXI; Justicia, Derechos Humano y Género, Defensoría de los Derechos Humanos; Cátedra Unesco de la UNAM; Estado de México: Visión Mundial de México; Red de promotoras de Ecatepec; Hidalgo; Servicios de Inclusión Integral AC SEIINAC; Guanajuato:Centro de Derechos Humanos “Victoria Diez”; Jalisco: Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM-Mexico); Morelos:Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos, A.C.; Nuevo León:ARTHEMISAS por la Equidad, A.C.;
Oaxaca:Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca; Comisión de Derechos Humanos Mahatma Gandhi; Colectivo Bolivariano;Puebla: Programa de Género y VIH Dirección del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuria, S.J;
Sinaloa: Asociación Sinaloense de Universitarias, A.C.; Frente Cívico sinaloense;Sonora: OCNF Sonora; Tabasco: Asociación Ecológica Santo Tomás; Tlaxcala:Centro Fray Julián Garcés de Derechos Humanos y Desarrollo Local; Colectivo Mujer y Utopía, A.C.; Veracruz: Red Nacional de Periodistas; Yucatán: Ciencia Social Alternativa, Red Por Nuestros Derechos Mujeres en Red.