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Posicionamiento de la REDMYH AC en el tema de atención a víctimas

La atención a las víctimas


Es imposible empezar a hablar de la atención a víctimas sin recordar el esfuerzo institucional que hace una década se hizo en Campeche al promover la existencia de un organismo garante del derecho de acceso a la justicia -el Indajucam-. Sin embargo, hoy día este mecanismo puede tener una oportunidad de mejora, al estar rebasado por la existencia de un marco jurídico general que ofrece una protección mayor, resultado de la lucha y el esfuerzo de colectivos de víctimas, que impulsaron la adopción de la Ley General de Víctimas, publicada en 2013. Para dar así la innovación y actualización de la normatividad vigente, así como a una implementación acorde a las demandas de la población en situación de víctimas.

Con esto, en atención al principio de progresividad, el Estado debe realizar una reforma de fondo en materia de atención de las víctimas de violaciones de derechos humanos y de delitos.

Para tener claridad, el Indajucam responde a la búsqueda de acceso a la justicia para las personas imputadas y para las víctimas, algo que hoy día en el país se ha reformado para garantizar la imparcialidad, la autonomía y la representación adecuada y real de las víctimas en los procesos de los que son parte.

Las personas acusadas de un delito imputadas requieren los servicios de una institución abocada exclusivamente a la defensoría justa, acorde y humana, por respeto a su derecho a un proceso justo, así como para evitar cualquier situación que implique conflicto de interés, susceptible, por su parte, de impugnaciones judicializables.

Esto nos obliga la necesidad de armonizar la Ley que establece el Sistema de Justicia para las Víctimas del Estado de Campeche y dar cumplimiento a la Ley General de Víctimas, con la creación de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas, la plataforma y Registro de Víctimas, la consolidación de la atención a través de un Fondo de Atención a Víctimas, y lo más importante, el diseño y existencia hacia su interior del mecanismo que garantice la reparación integral a las víctimas de delitos y de violaciones de derechos humanos.

El procedimiento no está completo si no pasa por la capacitación con resultados efectivos, sensibilización y actualización desde el enfoque victimal del área de atención dentro de la Fiscalía, la claridad de la ruta de responsabilidad de los ministerios públicos para el reconocimiento de la calidad de víctimas, así como de la protección y asistencia mediante la asesoría jurídica de una Comisión Local, y una protección con enfoque transformador desde los puntos recomendatorios emitidos en su reconocimiento como víctimas a partir de las Recomendaciones que emite la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Al mismo tiempo, el poder judicial a través de sus jueces, debe llevar su actuación a un trato digno y de protección amplia a las víctimas de delitos en sus sentencias que constituyan por sí mismas mecanismos de reparación, así como medidas que consideren la compensación por los daños materiales e inmateriales con enfoque diferencia, integral, de género, de infancia e interseccional para la protección de poblaciones diversas como indígenas, con discapacidad, en pobreza extrema y víctimas de la violencia estructural.

Para dar certeza a las víctimas, es necesario desarrollar una campaña de difusión que permita identificar tanto a las y a los servidores públicos las responsabilidades que la Ley les faculta para brindar información oportuna a víctimas, desde el momento en el que ocurren los hechos victimizantes hasta concluir con el proceso de reparación integral. Esto implica a la Fiscalía General de Justicia del estado para un derivamiento oportuno a la Asesoría Jurídica victimal, así como la solicitud del registro e inscripción, el otorgamiento de las medidas de ayuda pero en especial configurar procedimientos e incluir en los protocolos de investigación, apartados para la atención especializada a las víctimas de trata, de feminicidio, de desaparición forzada, tortura y otras violaciones de derechos humanos.

Es oportuno aprovechar el contexto de revisión de los pendientes en este foro, y plantearnos desde una mirada progresiva, los criterios y bases para que se otorgue la reparación integral a las víctimas de delitos y violaciones de ddhh, incidiendo en las causas estructurales de la violencia, en atender las causas para la no repetición de los hechos, para lograr la transformación cultural hacia una sociedad y un sistema de justicia con respeto a los derechos humanos.

Esto pasa por replantear la prioridad institucional a una defensa y justificación de las razones por las que no se reconoce el daño a las víctimas a una conciencia de que en muchos casos, es imposible devolver a las personas al estado en el que se encontraban ante de que el hecho victimizante ocurriera, sin embargo sí es posible contribuir para dotar de las condiciones para afrontar los hechos, el proceso judicial, la equidad en el proceso, el derecho a la verdad histórica, a la justicia y la reparación integral.

La reforma de la ley es necesaria. Tener una Comisión Estatal de Atención a Víctimas no es un lujo, es una urgencia de las víctimas que no puede esperar más.,

Si pensamos en una deuda pendiente del estado de Campeche, es sin duda el mejoramiento y consolidación del modelo de atención integral de las víctimas con enfoque de derechos humanos, acorde a la Reforma Constitucional, con los más elevados estándares disponibles. Eso incluye un replanteamiento del derecho a favor de las víctimas en todo el sistema de justicia campechano, hacerlo una prioridad, darle la importancia que tiene para garantizar el debido proceso, la equidad entre las partes. Solo así podemos hablar de un real acceso a la justicia, de un auténtico estado de derecho garante y protector de los derechos humanos.








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