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25N. Un recordatorio constante de la urgencia de generar acciones puntuales para prevenir, investiga

25N. Un recordatorio constante de la urgencia de generar acciones puntuales para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia.

San Francisco de Campeche, Campeche a 25 Noviembre 2019

BOLETÍN DE PRENSA

  • La REDMYH denuncia actos de violencia, discriminación y violaciones de derechos humanos que el Poder Judicial del estado de Campeche ejerce en contra de las mujeres y las niñas campechanas.

  • La búsqueda de justicia y los hechos de revictimización el camino de tortura de las víctimas de violencia sexual.

En el marco del 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación de todas las formas de Violencia en contra de las Mujeres y Niñas, la Redmyh A.C. a través del Observatorio de Violencia Social y de Género en Campeche denunciamos los actos de violencia, discriminación y violaciones de derechos humanos que el Poder Judicial del Estado de Campeche ejerce en contra de las mujeres y las niñas campechanas, especialmente niñas víctimas de violencia sexual.

En octubre del año 2013 María, denunció al profesor de primaria de su hija por el delito de abuso sexual ante el Ministerio Público de Calakmul; en ese mismo año interpuso una queja ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos del Estado de Campeche, en su búsqueda de justicia y por los hechos de revictimización que había sufrido, pues desde el inicio de la investigación del delito no se le informó del proceso y en múltiples ocasiones se le solicitó que desistiera de la denuncia.

Ocho meses después, el día 5 de junio del 2014 el Juez Carlos Enrique Avilés Tun otorga un auto de libertad por falta de méritos para procesar al agresor sexual, señalando que no contaba con elementos suficientes para llevar un proceso en su contra, pues la voz de la víctima y los datos aportados como los peritajes psicológicos y ginecológicos no le eran suficientes para condenar, además en su auto señala tajantemente que el Ministerio Público había realizado una deficiente investigación.

En junio del 2014 la CODHECAM, reconoce que la menor había sufrido violaciones a sus derechos humanos, emitiendo una Recomendación (PRES/VG/1532/2014/Q-285/2015) a la Secretaría de Educación Pública para que realizara acciones de protección a las y los menores de edad quienes hasta la fecha seguían teniendo contacto con el agresor.

María continuó con su búsqueda de justicia apelando la decisión del Juez Carlos Enrique Avilés Tun, turnándose el expediente los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado brindando la posibilidad de que estos enmendaran las violaciones procesales y a derechos humanos que en primera instancia se habían cometido.

Sin embargo, de nueva cuenta no juzgaron con perspectiva de género, ignorada la voz de la menor víctima, dejándola sin la protección de la Ley en el estado de Campeche, los magistrados ratifican la primera sentencia violentando sus derechos humanos reconocidos constitucionalmente y en tratados internacionales.

Hubo la necesidad de solicitar la protección de la Justicia de la Unión a través de la presentación del amparo 558/2016, del índice del Juzgado Segundo de Distrito, el cual fue resuelto a favor de la madre y la niña en diciembre del 2016, dos años posteriores al hecho. En el mismo el Juez de Distrito señala que con el material probatorio aportado se acreditaba la existencia del ilícito de abuso sexual y sus agravantes, al ser un docente el agresor. Y que además el no otorgar valor preponderante al dicho de la víctima y solicitarle otros medios de prueba resultaba no solo excesivo si no ilegal.

Este señalamiento está reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través de su Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género el cual indica que se debe reconocer que los delitos sexuales son un tipo particular de agresión, que se caracteriza por producirse en ausencia de otras personas más allá de la víctima y el agresor o los agresores por lo que no se puede esperar la existencia de pruebas gráficas o documentales y, por ello, la declaración de la víctima constituye una prueba fundamental sobre el hecho. Es así que se cambia el sentido de la resolución combatida, determinando así un Auto de formal prisión para el agresor.

A partir de esa fecha se vuelve a otorgar la posibilidad al Poder Judicial del Estado de Campeche de proteger la integridad de las mujeres, adolescentes y niñas víctimas de violencia sexual y garantizar el acceso a la justicia, enmendando los errores cometidos en esta primera ocasión.

Con el paso del tiempo, observamos que las posturas discriminatorias y violentas del Poder Judicial siguen siendo una constante en el estado pues el pasado agosto del presente año la jueza Primera Penal del Primer Distrito Judicial del estado, Candelaria Beatriz Gala Pech, emite una nueva sentencia, absolviendo al agresor sexual de la niña, bajo las mismas circunstancias que fueron combatidas al inicio en apelación y amparo, dejando claro su desconocimiento en los mandatos nacionales e internacionales para garantizar el acceso a la justicia en el país.

Esta situación nos es alarmante, pues es claro que el Poder Judicial del Estado de Campeche está juzgando sin perspectiva de género y en derechos humanos, liberando agresores, dejando en desprotección la integridad de las mujeres, adolescentes y niñas, perpetuando la impunidad, las prácticas discriminatorias y la violencia.

En 2018 el Grupo de Investigación del Alerta de Violencia de Género para el Estado de Campeche, reconoció que en un período de 10 años, del 100% de los delitos por violencia sexual menos del 6% habían tenido una sentencia condenatoria contra los agresores. Esto significa que desde el Poder Judicial se está mandando un mensaje claro de que la violencia contra las mujeres y niñas es un hecho menor que no se sancionará, por lo cual pone en peligro la vida y la integridad de las mismas.

Es importante señalar que la madre de la menor ha apelado la decisión de la Jueza Primera Penal, así también ha presentado dos quejas formales ante el Consejo de la Judicatura Local del Poder Judicial del Estado de Campeche en contra de los juzgadores para que se investiguen las irregularidades de su determinación. De la primera nunca obtuvo una respuesta, esperando que en esta segunda ocasión se le pueda brindar la protección de esta instancia.

La resolución de la apelación presentada por la madre de la niña estará a cargo de los magistrados Alma I. Alonso Bernal y Manuel Enrique Minet Marrero por lo que a través de este espacio hacemos un llamado puntual solicitándoles de manera respetuosa que al resolver garanticen la mayor protección de derechos a la menor víctima y su madre.

No olvidemos que el Poder Judicial juega un papel determinante en la Eliminación de las Violencias contra las Mujeres y las Niñas, demandamos que el 25 de noviembre no se convierta en una fecha accesoria institucionalizada, sino un recordatorio constante de la urgencia de generar acciones puntuales para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia. El acceso a la justicia para las víctimas es un primer paso obteniendo sentencias reparadoras que protejan derechos y cambien las estructuras de discriminación histórica que hemos vivido.

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